Alquiler de autocaravanas en A Coruña

Análisis de Riesgos

Identificación de la organización titular de la web

Titular web

PATRICIA AMIL CARRACEDO

Marca comercial

AUTOCARAVANAS RUMBO NORDES

Actividad

ALQUILER DE AUTOCARAVANAS

Dirección

LG. LIMIÑON, 15, 15318 – ABEGONDO (A CORUÑA)

Teléfono

  636008208

E-mail

  rumbonordesautocaravana@gmail.com


Introducción

La Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico, en vigor desde octubre de 2002, que incorpora al ordenamiento jurídico español de la Directiva 2000/31/CE de Sociedad de la Información, del Parlamento Europeo del Consejo, de 8 de junio, relativa a determinados aspectos de los servicios de la sociedad de la información, en particular, el comercio electrónico en el mercado interior, acoge en la Ley un concepto amplio de servicios de la sociedad de la información, que engloba, además de la contratación de bienes y servicios por vía electrónica, el suministro de información por dicho medio, las actividades de intermediación relativas a la provisión de acceso a la red, a la transmisión de datos por redes de telecomunicaciones, a la realización de copia temporal de las páginas de Internet solicitadas por los usuarios, al alojamiento en los propios servidores de información, servicios o aplicaciones facilitados por otros o a la provisión de instrumentos de búsqueda o de enlaces a otros sitios de Internet, así como cualquier otro servicio que se preste a petición individual de los usuarios (descarga de archivos de vídeo o audio…), siempre que represente una actividad económica para el prestador.

Entre otros y siempre que representen una actividad económica, se contemplan los siguientes:

  • La contratación de bienes o servicios por vía electrónica.
  • La organización y gestión de subastas por medios electrónicos o de mercados y centros comerciales virtuales.
  • La gestión de compras en la red por grupos de personas.
  • El envío de comunicaciones comerciales.
  • El suministro de información por vía telemática.
  • El vídeo bajo demanda, como servicio en que el usuario puede seleccionar a través de la red, tanto el programa deseado como el momento de su suministro y recepción, y, en general, la distribución de contenidos previa petición individual.
  • Las infracciones previstas por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la LSSICE se califican como leves, graves y muy graves. Imponiéndose sanciones desde 30.000€ hasta 600.000€ si la sanción se califica como muy grave.

Otras normas a tener en cuenta para la elaboración de este informe:

  • Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos Personales y garantía de los Derechos Digitales.
  • Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.
  • Real Decreto 1906/1999, de 17 de diciembre, sobre Contratación Electrónica con condiciones Generales de Contratación.
  • Ley 32/2003 de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.
  • Decreto legislativo 1/2007, de 16 de noviembre por el que se aprueba la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

Análisis de los riesgos de la web www.autocaravanasrumbonordes.com


Se acompaña análisis de riesgo de la www.autocaravanasrumbonordes.com. Para un correcto cumplimiento legal, se deben aplicar las medidas correctoras diseñadas para pasar de un riesgo inicial medio/alto a un riesgo final bajo.

La probabilidad/gravedad de riesgos se ha clasificado de la siguiente forma:

  1. Sin riesgo (no existe esa actividad en la web)
  2. Bajo (actuación adecuada a la normativa)
  3. Medio (actuación puede suponer infracción de la normativa)
  4. Alto (actuación infringe a la normativa)

En la tabla siguiente se detallan todos los riesgos de la web www.autocaravanasrumbonordes.com, de manera que se identifican los riesgos iniciales (en el momento del análisis), las medidas correctoras y los riesgos finales (una vez aplicadas dichas medidas).